No al uso de pirotecnia

Una reciente disposición de la Justicia da por nula la norma municipal que prohíbe la comercialización y el uso de pirotecnia en el partido. El Ejecutivo ya ha tomado las medidas necesarias para evitar que ello suceda y apelar el dictamen.

Un fallo de la Justicia revierte lo dispuesto por la Ordenanza 5106/2017 en lo que se refiere a la prohibición del uso de pirotecnia en el Partido de Pinamar. Es de destacar que la norma, en ocasión de ser promulgada, fue recibida con beneplácito por la comunidad, ya que un peligro latente, desde siempre, ha sido la combustibilidad de los bosques de pino.

Si bien se cataloga la ordenanza como anticonstitucional, el gobierno del intendente Martín Yeza ya analiza la posibilidad de una apelación. Lo cierto es que el rubro de fuegos artificiales y pirotecnia no es ajeno a la situación que hoy se vive. Sin ir más lejos, recientemente uno de los principales proveedores de Cienfuegos debió cerrar sus puertas luego de 60 años de trayectoria.

El asesor letrado de la Municipalidad de Pinamar, doctor Martín Rapallino, se refirió al tema: “Ayer me preguntaban qué podemos hacer cada una de las personas ya sean visitantes o residentes. Lo primero es no adquirir pirotecnia, pero lo que se está dando acá, y es lo que a mí me compete, es una discusión de derecho en el plano de un proceso judicial. Es así que un organismo interesado, la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), en representación de todas las empresas que trabajan con el rubro, se ha presentado a la Justicia, anteriormente a nuestro caso, directamente a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, cuestionando una ordenanza en el municipio de General Alvarado que era muy similar a la ordenanza nuestra y que era de carácter totalmente prohibicionista […]. Y ahí entramos a discutir que también es un poco lo que nosotros plantemos en nuestro recurso de apelación, que no se puede traspolar, sencillamente la situación de General Alvarado como la de cualquier otro partido con la situación de Pinamar”.

Rapallino entiende que se pone en riesgo la riqueza principal del partido, como es el paisaje, que, como bien se sabe, es altamente inflamable y pasible de incendios, como la práctica lo indica, a partir de pequeños fogones, no solamente por el uso de pirotecnia.

“Como yo explicaba, las medidas cautelares se dictan a pedido de una parte y ante el desconocimiento de la otra. En este caso, CAEFA hizo la solicitud. Las medidas cautelares las analiza el juzgado y no le dan participación hasta que te notifican si la han concedido. Luego, tenés todas las funciones legales, que son las que activamos, que principalmente fue apelar la medida ante la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata”, amplió.

En una misma sintonía, tanto el Ejecutivo como el Concejo Deliberante han tomado las medidas necesarias para hacer el reclamo pertinente y lograr de esa forma que la Justicia se expida rápidamente y los riesgos se eviten.

De más está decir que esta situación ha traído preocupación entre los bomberos voluntarios, ya que son quienes tienen que acentuar una alerta constante a raíz de esta situación.

“Se sanciona la ordenanza que, convengamos, es de 2017, o sea que esta gente ya sabía que en Pinamar las cosas estaban claras y que no queríamos tener ningún tipo de riesgo con el empleo de pirotecnia. Entonces ¿qué pasó? Cuando vieron un resquicio ante una doctrina fijada por la Suprema Corte obviamente recurrieron al órgano competente, o sea, a la Justicia de Dolores”, detalló.

Desde el sentido común, Rapallino entiende que, más allá de lo legal, está el sentido común y que, más que nunca, es necesario plantear un mecanismo de concientización hasta que la demanda disminuya.