Criptomonedas: Oro digitalizado

Por Pablo Iannello, Docente de Abogacía de UADE.

Últimamente han circulado noticias acerca de una presunta defraudación que habría ocurrido con la emisión inicial de la criptomoneda (ICO por sus siglas en inglés) “One Coin”. En Argentina, el caso ha tenido impacto para aquellas personas que habrían invertido, e incluso recomendado invertir, en este Token.

Antes de abordar el caso, es importante explicar el funcionamiento de este tipo de operaciones. En este último tiempo, las ICO´s se han vuelto una forma corriente de recaudar fondos, y son usadas usualmente por empresas incipientes -start ups- a través de la emisión de un Token utilizando tecnología Blockchain, o algún otro mecanismo de tecnología de registro distribuido (DLT). Usar un DLT es fundamental en la realización de un ICO porque permite al inversor tener certeza de las condiciones en las que el nuevo cripto activo se emitirá y la cantidad total de cripto activos a emitir.

Hay quienes consideran que existen ciertas condiciones que suelen resultar “claves” para que un ICO sea considerado confiable. Entre ellas suelen mencionarse: la emisión de un “White paper” donde se explican las características de emisión; la explicación de un plan de negocios que justifica el ICO, la existencia de antecedentes que avalen la fiabilidad del emisor; la jurisdicción de la emisión (Suiza, US, Singapur entre otras, y la existencia de una plataforma fiable de colocación del ICO; entre otras.

Cuando ya tenemos una propuesta terminada, la mayor parte del dinero se destina a publicitar el Token, buscando lograr la mayor atención posible para captar la máxima cantidad de inversores interesados en el proyecto, que redundará en la recaudación de dinero por parte de quien realiza el ICO.

No todo es simple en el mundo “Cripto” y evidencia reciente muestra que los "White papers" suelen dar poca información sobre la fiabilidad del emisor, así como de las características del Token a emitir. Ello facilita la existencia de fraudes en este tipo de transacciones, especialmente en jurisdicciones con poca regulación y capacidad de monitoreo. Al fin y al cabo, este tipo de colocaciones responde a un problema de información asimétrica creando riesgo para quienes cuentan con poca información sobre la operación, que suelen ser, no solamente quienes adquieren el activo digital, sino en muchas ocasiones también quienes los promueven.

Con One Coin parecieran haberse dado algunos datos de alerta sobre los potenciales problemas en la emisión. Por ejemplo: no estaba claro sobre qué sistema de DLT estaba montado la ICO para transmitir certeza de precio y cantidad de emisión a los inversores.

La forma de publicidad y captación de fondos resultaba similar a un esquema piramidal, muy común para generar estafas. De hecho, en el 2017, la autoridad regulatoria de mercado de capitales de EE. UU. (SEC) denunció por fraude dos STO (security token offerings) por utilizar un esquema similar.

En este caso concreto, los acontecimientos sirven para dejar planteados dos interrogantes: uno específico del negocio y otro a nivel más general de la regulación. ¿Qué deber de diligencia deberían tener quienes promueven la participación en este tipo negocios y recomiendan la inversión? ¿Cuál es el impacto que este tipo de situaciones genera en el riesgo sistémico, propio, de todo sistema financiero? Seguramente en un futuro, no muy lejano, surjan nuevas discusiones.

Todo indicaría que el mundo de las criptomonedas ha llegado para quedarse. Será conveniente establecer reglas para que sea un verdadero motor de financiamiento, promoviendo proyectos, atrayendo inversores y, a la vez, desalentando los fraudes.

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